En primer lugar, mi agradecimiento público a todos los que asistieron a la cita de ayer en la Sede Comarcal de la URE en San Fernando (Cádiz), y estuvieron "aguantándome" en la disertación sobre los contenidos anteriormente descrito en el "post".
Tengo que reconocer , que NO esperaba una afluencia tan mayoritaria, la sala estuvo al completo por personal con ganas de conocer que es lo se "cuece" en la cocinas de la era digital.
Como en cualquier presentación
técnica-práctica en la que se ven implicadas varias opciones , es complicado el
tener una visión objetiva de cual de ellas debes ponerla como primera , dado
que son muchos los factores que intervienen o influyen en tal decisión por
parte del “disertador” . Por mi parte he intentado ser objetivo desde varios
puntos de vista entre ellos y paso a enumerar:
- Antigüedad en la
creación del sistema digital.
- Estructura técnica en la topologia de red y en la modulación del sistema.
- Capacidad de aceptación entre los radioaficionados a nivel mundial y a nivel interno de la Zona “EA”.
Se nos quedaron muchas cuestiones técnicas en el "tintero" , por falta material de tiempo o porque utilizamos los recursos del tiempo en otros puntos de "mayor interés" que los "radiopitas" de la zona de la bahía y su confluencia nos estaban demandando... sobre todo en el aspecto "legal" del sistema DMR.
Creo, que la citadas dudas que fueron saliendo, se trataron con el máximo "pudor" técnico y legal que actualmente la legislación española y europea nos marca en el ámbito de la radioafición.
Hemos marcado ( y recalco lo de "hemos") , las directrices por las cuales debemos actuar en los equipos de radioaficionado tanto en la modalidad de DStar-DMR-C4FM, y lógicamente en el sistema DMR y los equipos que podemos utilizar según los "cánones" que la actual legislación nos permite....y las directrices de la SETSI ...
1.Reglamento de Radioaficionados (Orden IET/1311/2013, de 9
de julio, por la que se aprueba el Reglamento de uso del dominio público
radioeléctrico por radioaficionados.)
TÍTULO
II
Autorización del uso
del espectro radioeléctrico por radioaficionados
CAPÍTULO
I
Normas generales
Artículo 5. Autorización
administrativa de uso del espectro radioeléctrico.
5. Los equipos
radioeléctricos adquiridos en el mercado que se pretenda utilizar deberán
cumplir con la legislación que les fuese de aplicación en el momento de su
comercialización inicial (marcado CE, certificado de aceptación radioeléctrica,
etc.).
Si se trata de
equipos de segunda mano comercializados con anterioridad a la entrada en vigor
del Real Decreto 1890/2000, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento que establece el procedimiento para la evaluación de la conformidad
de los aparatos de telecomunicaciones, deberán disponer del certificado de
aceptación radioeléctrica exigido en su día, o en su defecto cumplir con las
características técnicas que se establecen en el anexo I certificado por un
laboratorio acreditado. A los equipos anteriormente legalizados en una licencia
de estación de radioaficionado les será de aplicación la normativa en vigor en
el momento de su autorización inicial.
6. Podrán ser utilizados equipos total o
parcialmente de construcción propia sin autorización previa de la SETSI, bajo
la responsabilidad del propio radioaficionado. Los equipos deberán cumplir con
las características técnicas establecidas en el anexo I, sometiéndose, en su
caso, la producción de interferencias perjudiciales a otros servicios de
telecomunicaciones autorizados por funcionamiento defectuoso, al régimen
sancionador establecido en la Ley General de Telecomunicaciones.
Optativamente, los
equipos de construcción propia que se pretenda utilizar podrán ser presentados
en la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones conjuntamente con
una memoria descriptiva que incluya el diagrama de bloques y esquemas
eléctricos y una descripción del funcionamiento básico del equipo. El equipo
deberá reunir las condiciones mínimas de montaje que permitan la realización de
pruebas que aseguren el cumplimiento de las características técnicas contenidas
en el anexo I y, en cualquier caso, los equipos dispondrán o vendrán
acompañados de los dispositivos necesarios para ser alimentados mediante
conexión directa a la red pública de corriente alterna. Los equipos que superen
las pruebas indicadas recibirán una autorización individual acreditativa de su
correcto funcionamiento.
Condiciones técnicas
de funcionamiento de las estaciones fijas
Artículo 22. Características técnicas
de las estaciones fijas de radioaficionado.
Las características
técnicas a que han de ajustarse en su funcionamiento las estaciones fijas de
radioaficionado se detallan en el anexo I.
ANEXO I
Equipos no sujetos a
las prescripciones del reglamento
Las disposiciones del
reglamento no se aplicarán a:
1. Los equipos
radioeléctricos utilizados por radioaficionados en el sentido del artículo 1,
definición 56, del Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional
de Telecomunicaciones (UIT), salvo si estos equipos están disponibles en el
mercado.
En este sentido, se
considerará que no se comercializan:
a) los kits de
montaje de radio para radioaficionados,
b) los equipos radioeléctricos modificados por
radioaficionados para uso propio y
c) los equipos construidos por radioaficionados
particulares con fines experimentales y científicos relacionados con la
radioafición.
Los equipos
radioeléctricos destinados a ser utilizados por radioaficionados que se
comercialicen, se considerarán incluidos en el ámbito de aplicación del
reglamento.
Creo, y en esto todos estuvimos de acuerdo, que lo que debe imperar es el "sentido común" en la interpretación de la normativa de radioaficionados , y que la libertad de "elección" es única y propia de cada individuo social para saber distinguir cual es el límite al cual debe llegar y no rebasar el campo de la "ilegalidad".....
Por tanto, reitero mi más profundo agradecimiento por la acogida recibida ... a partir de este momento, empezaremos a desmembrar los contenidos técnicos más profundamente y dentro del 2.017 efectuaremos una serie de "charlas" consensuadas de aquellos contenidos que más os interesen en el actual "campo digital" que la Sección Comarcal URE San Fernando tiene activos y autorizados como son el repetidor Dstar, C4FM y DMR ...
73 de EA7DYY(Santi)
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